Derecho de Familia

Contamos con profesionales con más de 30 años de experiencia altamente cualificados y especializados en la tramitación y resolución de todo tipo de asuntos y procedimientos de familia.

Ante un conflicto familiar es importante tener a tu lado profesionales capaces de ofrecer a cada cliente un servicio de calidad y un trato humano, cercano e individual.

Nos mueve la pasión por ayudar a nuestros clientes y nos guía la única misión dar un servicio de máxima calidad a cada cliente.

NO lo dude, encomiende siempre su asunto de familia a un experimentado abogado Familia, la especialización siempre es un factor que aunque no garantiza el éxito, sin duda contribuye a él.

Nuestros principales servicios son:

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Separación y divorcio de mutuo acuerdo o contencioso. Resolvemos todas sus dudas y le acompañamos durante todo el proceso.

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Convenio regulador. Redactamos y elaboramos el convenio regulador. Nos encargamos de todo hasta su ratificación en los Juzgados.

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Cambio de medidas de convenio y obligaciones parentales. Si sus circunstancias personales han cambiado desde que se aprobó el convenio, iniciamos el procedimiento para modificarlas.

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Divorcio Notarial. Dentro de las nuevas competencias atribuidas a los notarios por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, se encuentra la formalización de las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo, siempre que no existan hijos menores o incapacitados, para lo cual se reforma el Código Civil, la Ley del Notariado y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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Parejas de hecho. Se considerará pareja de hecho la convivencia de dos personas en una comunidad de vida análoga a la matrimonial si la convivencia dura más de dos años ininterrumpidos; o si durante la convivencia tienen un hijo común; o si formalizan la relación en escritura pública (234-1 Codi Civil de Catalunya).

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Custodia de los hijos. La guarda y custodia, también denominada custodia legal, consiste en la convivencia, cuidado y asistencia de los hijos menores de edad. En caso de nulidad matrimonial, separación o divorcio de los padres, se deberá acordar cómo se organizarán los progenitores para facilitar la guarda y custodia de los menores.

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Uso y disfrute de la vivienda conyugal. La vivienda familiar es aquella que, durante el matrimonio o unión de la pareja, se utiliza como residencia habitual de la unidad familiar. Existiendo hijos menores de edad, la atribución del uso de la vivienda familiar dependerá del tipo de custodia de los hijos. A falta de acuerdo de los progenitores, será el Juez quien resuelva atendiendo a las circunstancias concurrentes en cada caso, primando siempre el interés superior del menor.

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Pensión de alimentos. además de la comida, este concepto incluye también otros gastos ordinarios, es decir todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica (art. 142 del CC).

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Pensión compensatoria. Se establece a favor del cónyuge que queda en una situación económica más desfavorecida tras la separación o divorcio y está encaminada a corregir el perjuicio económico que le suponga la nueva situación.

Despacho de Abogados Campos

Si quieres contactar con uno de nuestros abogados.

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